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![]() ![]() Porque los impuestos son uno de los
medios principales por los que el gobierno obtiene ingresos; tienen gran importancia para la economía
de nuestro país, ya que gracias a ellos se puede invertir en aspectos prioritarios como
la educación, la salud, la impartición de justicia y la seguridad, el combate a la pobreza y el
impulso de sectores económicos que son fundamentales para el país. El no pagar impuestos impide al gobierno
destinar recursos suficientes para cubrir las necesidades de nuestra sociedad, por lo
que es fundamental que cumplamos con esta obligación. Para fines fiscales, es necesario
definir si una persona realizará sus actividades económicas como persona física o como persona
moral, ya que las leyes establecen un trato diferente para cada una, y de esto
depende la forma y requisitos para darse de alta en el Registro Federal de Contribuyentes
(RFC) y las obligaciones que adquieran. Persona física es un individuo con
capacidad para contraer obligaciones y ejercer derechos. Persona moral es una agrupación de
personas que se unen con un fin determinado, por ejemplo, una sociedad
mercantil, una asociación civil. Por ejemplo, en el caso de personas
físicas existen varios regímenes de acuerdo con la actividad y el monto de los ingresos. En
el caso de personas morales, el régimen fiscal y las obligaciones que les corresponden son
diferentes en relación a si tienen o no fines de lucro. En este caso se aborda únicamente las
personas físicas, las actividades en las que generalmente se dividen las actividades
de estas personas son cuatro. 1. Actividad empresarial y profesional, aquí
se incluyen los comúnmente llamados honorarios, que son los Servicios
Profesionales Independientes ( a partir de 2002 se unifica actividades empresariales y
servicios profesionales) a.- En el régimen de las actividades
empresariales, para quienes vayan a realizar actividades comerciales, industriales,
agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas (no hay límite en los ingresos). b.- En el régimen intermedio si realiza
exclusivamente actividades empresariales y estima que sus ingresos brutos (ventas
totales, incluyendo de bienes y servicios) no excederán de $4’000,000.00. c.- El régimen de pequeños
contribuyentes, para aquellas personas que únicamente realicen operaciones con el público en
general (es decir, que no proporcionen facturas a sus clientes en las que se
desglose el IVA) y que estimen que sus ingresos brutos (ventas totales) más
intereses del año no excederán de $2’000,000.00. d. Aunque están incluidos dentro de la
actividad empresarial, los Servicios Profesionales Independientes, nada
tienen que ver con la actividad empresarial, pues en este régimen, se pagan impuestos
por ejercer la profesión de una manera independiente como ejemplo los
siguientes contribuyentes. Arquitectos, Abogados, Médicos y
dentistas, Informáticos, Profesores, Ingenieros Administradores, Deportistas, Terapeutas
y enfermeras, Actores, Músicos Cantantes, Psicólogos, Pintores,
Escritores, Artistas, Diseñadores, Consultores, Asesores, Otros servicios
independientes. 2. Uso o goce de bienes muebles o
inmuebles (arrendamiento) Quienes obtengan ingresos por dar en
renta o alquiler edificios, locales comerciales, casas habitación, departamentos
habitacionales, bodegas, entre otros (bienes inmuebles) pueden tributar en el régimen
de arrendamiento de bienes inmuebles. 3. Empleados o asalariados Asalariados o empleados son las personas
físicas que perciben ingresos por sueldos y salarios y demás prestaciones derivadas
de la relación laboral, incluyendo la participación de utilidades y las
indemnizaciones por separación de su empleo. 4. Intereses Cuando una persona recibe intereses por
las inversiones efectuadas con el sistema financiero. |
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