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![]() ![]() • ISR (Impuesto Sobre la Renta) Es un impuesto directo sobre el ingreso que se aplica a la ganancia
obtenida por el contribuyente persona física o moral, por llevar a cabo su actividad,
es decir, la cantidad que se tiene después de restar a los ingresos percibidos,
los gastos. La actual Ley del Impuesto sobre la renta entro en vigor el 1 de
enero de 2002 abrogando la ley que estuvo vigente desde el primero de enero de
1981. • IETU (Impuesto Empresarial a Tasa Única) Este impuesto entra en vigor en 2008, sustituyendo al IMPAC Impuesto al
Activo, y siendo un impuesto “complementario del Impuesto Sobre la Renta”, este
impuesto se calcula aplicando una tasa sobre la diferencia entre los ingresos
efectivamente percibidos menos las deducciones autorizadas efectivamente
pagadas en el periodo. Las tasas son: • 16.5% en 2008 • 17% en 2009 • 17.5% a partir de 2010 • IVA (Impuesto al Valor Agregado) Es un impuesto indirecto, es decir, los contribuyentes del mismo no lo
pagan directamente si no que lo trasladan o cobran a una tercera persona, y
quien lo absorbe es el consumidor final del bien o servicio. Los pagos que se hacen por este impuesto son definitivos, lo que
significa que a diferencia de los pagos provisionales, no se tiene la
obligación de presentar declaración anual de este impuesto, sin embargo en la declaración anual se pide el resumen de la
determinación de cada uno de los meses en que el contribuyente tenía la
obligación de pagar IVA. Existen diferentes tasas que gravan los actos • 0 % • 3.75% • 11% Vigente 2010 • 16% Vigente 2010 • IDE (Impuesto al los Depósitos en Efectivo) De conformidad con el artículo 1 de la LIDE, los sujetos de esta
contribución son: Personas físicas y morales, respecto de todos los depósitos en efectivo,
en moneda nacional o extranjera, que se realicen en cualquier tipo de cuenta
que tengan a su nombre en las instituciones del sistema financiero, Total de
depósitos en efectivo del mes (-) Límite por el que no se paga el IDE ($15,000.00) (=) Base del IDE (x) Tasa de Impuesto 3% (=) IDE causado y retenido por la institución financiera |
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